El Primer Encuentro Nacional Preparatorio para el próximo Concurso Público de Cargos Directivos de las Instituciones Educativas Públicas, organizado por la Dirección de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación con los representantes de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local (Ugel) y consejos participativos regionales de educación, se realizó del 17 al 19 de abril de 2013, con los objetivos de orientar y generar condiciones para organizar el funcionamiento de los comités de vigilancia y evaluación en las regiones del país y recoger los aportes para la elaboración de la directiva para la adecuada planificación del concurso cuya implementación del proceso se hará de manera descentralizada.
En esta 1ra. etapa se cubrirá 15,000 cargos de directores y subdirectores de colegios públicos, quienes asumirán sus cargos a partir del 2014 y serán evaluados cada tres años; posteriormente se realizarán similares concursos hasta cubrir cerca de 30 mil puestos directivos a nivel nacional.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR?
1. Docentes procedentes de la Ley del Profesorado (Ley N° 24029):
1.1 Que se encuentren actualmente en la 2da. y 3ra. escala de la carrera magisterial
1.2 Que se encuentren en la 1ra. escala que hayan tenido encargaturas de dirección en los últimos diez años.
2. Docentes procedentes de la Ley de Carrera Pública Magisterial (Ley N° 29062):
2.1 Que se encuentren en la 4ta. escala magisterial.
INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN:
1. Una prueba nacional clasificatoria.
2. La evaluación de trayectoria profesional, y
3. La solución de un caso práctico de gestión escolar.
CRONOGRAMA:
El Ministerio de Educación emitirá la Directiva correspondiente que norme este primer proceso de concurso de acceso de cargos de directivos.
ACTIVIDADES
|
INICIO - FIN
|
1. Encuentro con Gobiernos Locales y COPARES.
|
17 al 19 abril
|
2. CONVOCATORIA AL CONCURSO
|
24 de abril
|
3. Publicación de relación de plazas en concurso.
|
24 de abril
|
4. Publicación de Matriz de especificaciones técnicas de la prueba nacional clasificatoria.
|
30 de abril
|
5. Conformación de Comités de Vigilancia y Comités de Evaluación.
|
25 de abril
al 10 de mayo
|
6. INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES:
|
27 de abril
al 18 de mayo
|
7. Corroboración de datos personales en el Banco de la Nación.
|
27 de abril
al 18 de mayo
|
8. Publicación de Tabla de puntuación para la trayectoria profesional.
|
15 de mayo
|
9. Publicación de Pauta para la solución del caso referido a la gestión escolar.
|
15 de mayo
|
10. Capacitación de Comités de Vigilancia y Comités de Evaluación.
|
16 de mayo
al 29 de junio
|
EVALUACIÓN DE POSTULANTES:
| |
- Etapa de evaluación nacional:
| |
11. Prueba nacional clasificatoria.
|
22 al 23 de junio
|
12. Publicación de resultados de la etapa de de evaluación nacional.
|
26 de junio
|
- Etapa de evaluación local:
| |
13. Registro y calificación de trayectoria profesional.
|
01 al 31 de julio
|
14. Resolución de caso.
|
13 y 14 de julio
|
15. Evaluación de resolución de caso.
|
15 al 31 de julio
|
16. Publicación de resultados de la etapa de evaluación local.
|
09 de agosto
|
17. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES DEL CONCURSO
|
16 de agosto
|
ADJUDICACIÓN DE PLAZAS:
| |
18. Adjudicación de plazas a profesores seleccionados.
|
16 de agosto
|
19. Asignación en acto público de plazas
no cubiertas.
|
16 al 21 de agosto
|
20. Publicación de relación final de postulantes seleccionados.
|
24 de agosto
|
VERIFICACIÓN DE EVIDENCIAS DOCUMENTARIAS
| |
21. Entrega de documentos de los postulantes seleccionados.
|
16 al 29 de agosto
|
22. Verificación de evidencias documentarias por la DRE-UGEL.
|
16 de agosto al
06 de setiembre
|
ABSOLUCIÓN DE RECLAMOS
| |
23. Presentación de reclamos por postulantes.
|
19 al 23 de agosto
|
24. Pronunciamiento de la instancia de gestión educativa descentralizada.
|
Hasta el 27 de setiembre
|
EMISIÓN DE RESOLUCIONES
| |
25. Informe de plazas desiertas.
|
26 de agosto al
09 de setiembre
|
26. Emisión de resoluciones de designación.
|
19 de agosto al
20 de noviembre
|
DURACIÓN TOTAL DEL PROCESO
|
17 de abril
20 de noviembre
|
cual será la mecánica, se postulará a una plaza fija determinada o la plaza se escogerá según la ubicación que se está en el cuadro de méritos, como en el caso de las contratas dadas en este año. Creo que mejor sería así como en el último caso. te llaman y coges la plaza que crees por conveniente.
ResponderEliminarQue, en la ley de la reforma magisterial aprobada por el congreso de la republica establece que por única vez en la primera etapa de concurso de directores postularan docentes desde la segunda escala magisterial, por que hacen distinciones de entre leyes se supone que ya estamos unificados en una sola ley, y la realidad es que cada vez que haya concurso para nombramiento de docentes no llegan el 80 % de postulantes a pasar la etapa clasificatoria en otra palabras se galán, desaprueban, pese que los contratadas años tras años se preparan ya que cada año para un contrato son evaluados, usted cree que los nombrados van a sacar mas notas, la mayoría no van a pasar la etapa clasificatoria no van a cubrir las plazas de directores ni sub directores, debe ser desde el segundo nivel de la ley de la reforma magisterial, para que hayga mas postulantes y mas competencia y así al menos puedan cubrir por lo menos el 50 por ciento de plazas de directores, si estudiarán la historia del magisterio se darían cuenta de esta realidad
ResponderEliminarFelicitaciones , me sirvio bastante la informacion publicada , te agradec ería publicar en que pagina se inscribe virtualmente antes de ir al banco de la nacipón y las plazas vacantes
ResponderEliminarSegún el Director de Trayectoria y Bienestar Docente del MINEDU este mes se ha de realizar la convocatoria. Leer más en
Eliminarhttp://www.educacionenred.com/Noticia/?portada=36939&utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+educacionenred_noticia+%28EDUCACIONENRED.COM+-+Noticias%29
La Dirección de Desarrollo Docente debe sacar a concurso solo las plazas VACANTES, pues sino se produciría un enorme ENTRAMPAMIENTO por los sinnúmero de ACCIONES LEGALES de los Directores titutlares, pues ellos no están accediendo a cargo sino tienen que ser evaluados en su DESEMPEÑO tal y como lo dice la Ley.
ResponderEliminar