miércoles, 9 de julio de 2014

Incorporan en la Norma Técnica denominada “Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores Comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada con R.M. N° 0582-2013-ED, la disposición complementaria N° 10.20



Mediante la Resolución de Secretaría General N° 921-2014-MINEDU, publicada el 08 de julio de 2014 en el diario El Peruano, se resuelve: Incorporar en la Norma Técnica denominada “Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores Comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada con R.M. N° 0582-2013-ED, la disposición complementaria N° 10.20:

“ En el proceso de reasignación por interés personal y por unidad familiar, a realizarse en los meses de octubre a diciembre del año 2014, por excepción, no se considerará el criterio de evaluación previsto en el literal b. Escala Magisterial alcanzada por el profesor, del sub numeral 7.4 del numeral 7 del presente documento normativo.”

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